razón por la cual esta Juzgadora a tenor de lo dispuesto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 396 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana JOSEFINA DEL VALLE NAVA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 8.577.208, de este domicilio. En consecuencia, se nombra Tutor Interino al ciudadano RAMON SALVADOR NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.192.044, de este domicilio; igualmente se designa Protutor a la ciudadana GLADYS JOSEFINA MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.977.266, y de este domicilio, y como Suplente a la ciudadana ZORAIDA ROJAS DE ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.367.361. Para constituir el Consejo de Tutela se designan a la ciudadana YAIRIS NINORQUE GUERRA, v.....