DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de QUINTO de Juicio, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ARTURO JUNIO MAGO ROJAS, titular de la cedula de identidad N° V-10.533.176, Venezolano, de estado civil: soltero, de 47 años de edad, fecha de nacimiento: 22-06-1971, natural de Maracay, estado Aragua, profesión u oficio funcionario, estado civil soltero y residenciado en URBANIZACION LAS MERCEDES, SECTOR 4, CALLE 03, CASA NRO. 16, LA VICTORIA, ESTADO ARAGUA; por los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal vigentes para la fecha en que ocurrieron los hechos. SEGUNDO: Este Trib.....