PARTE DISPOSITIVA
Por lo que este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: NIEGA la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad realizada por el Abogado: ELIEZER GUZMAN, defensa de los ciudadanos: SUAREZ RODRIGUEZ JOHAN DAVID y MARCANO CAÑIZALEZ LUIS JAVIER, cedulas de identidad Nros, V-18.490.051, y nacido el primero en fecha 26-11-86 , de 19 años de edad, residenciado en : Barrio 23 de Enero, cale Autopista, casa 65, Estado Aragua, y el segundo Nro V-18.266.790, de 19 años de edad, nacido en fecha 10-07-86, residenciado en: Palo Negro, Urbanización Araguaney, cada 16, Estado Aragua SEGUNDO: Se mantiene el mismo lugar de reclusión. Notifíquese tanto a la defensa como al Fiscal del Ministerio Publico .Asiéntese en el libro de Causa y Libro.....