Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano IVAN ALEXIS PERDOMO SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.039.606, de este domicilio, contra su cónyuge MARIA EUGENIA SALAS CAMPEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.327.269 y de este domicilio, con base en las causales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, es decir, "El Abandono Voluntario y los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común". SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida.