III
Por las razones anteriormente expuestas, esta Juzgadora de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, intento la ciudadana SOFIA CAROLINA CABRERA SILVA, titular de la cedula de identidad No. :9.438.531, contra la ciudadana ROSA ELENA ARAUJO VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.: 5.890.842 y ordena PRIMERO: El desalojo del inmueble para uso residencial y profesional , constituido por una casa ubicada en la calle Las Flores, No. :13-19, entre calle Froilán Correa y Rondón de Cagua Municipio Sucre del Estado Aragua, la cual posee los siguientes linderos y medidas: NORTE: En una extensión de diez metros con treinta y cinco centímetros(10,35mts.), con inmueble que es o fue de Juan Perdomo; SUR: En diez metros con treinta y cinco centímet.....