CONFORME A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 331 DEL COPP, SE ORDENA AUTO DE APERTURA A JUICIO, CONTRA YEFFERSON WILENDER RAMIREZ HERNANDEZ, quien se identifico como venezolano, de 20 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-17.930.826, nacido en fecha 30-05-1985, natural de Caracas, residenciado en Urbanización La Mora I, Casa Color Verde, La Victoria, Estado Aragua, por los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 del código Penal, quien fue el autor material en el presente proceso, quedando el prenombrado imputado a la orden del Tribunal de Juicio correspondiente.