, por ante este Tribunal Segundo de Control del Estado Aragua, aún cuando ha sido debidamente Notificada en varias oportunidades, en consecuencia lo valedero es acordarle a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público de este Estado, un MANDATO DE CONDUCCION, tal como lo dispone el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que la imputada LIENDO SPOCK MILDRED CRISTINA, quién es venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-5.275.195; y residenciada en el Barrio la Libertad, Calle Mariño Sur Nº 127 , Maracay, Estado Aragua; sea conducida por la fuerza pública ante la sede de este Tribunal Juzgado Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha MARTES VEINTE (20) DE MAYO DEL 2008, A LAS DIEZ (10:00) HORAS DE LA MAÑANA, para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR, asimismo la referida imputada deberá acudir conjuntamente con su Defensora Privada; a tal efecto se designa a los Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Cie.....