DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Órgano Jurisdiccional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de Partición y Liquidación del inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización Vista Hermosa, parcela 22, N° 1, conforme se evidencia de documento protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro del Distrito Ricaurte del Estado Aragua, en fecha: 16 de febrero de 1.995, bajo el N° 5, folios 41 al 50 protocolo 1°, Tomo 9, objeto de la pretensión de partición y liquidación, incoada por la ciudadana: JUANA ELENA COLÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.689.141 contra DOUGLAS SILVA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.583.211. En consecuencia, se emplaza a las partes para el acto de designación del partidor, en la oportunidad y hora que fije el Tribunal en atención a lo p.....