DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, incoado por la ciudadana GIOVANINA DELLA MORTE LOPEZ, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de profesión oficios del hogar, mayor de edad, hábil, domiciliada en calle Campo Elías, casa N° 9, San Casimiro, Estado Aragua, y portadora de la Cédula de Identidad Nº V-11.121.613, contra el ciudadano WILLYS ALBERTO FRIAS BLANCO, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Carpintero, mayor de edad, hábil, domiciliado en Barrio La Candelaria, Sector Ojo de Agua, Camatagua, Estado Aragua, y titular de la cédula de identidad Nº V-10.894.761, por OBLIGACION DE MANUTENCIÓN.
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