En consecuencia, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara improcedente la solicitud del ciudadano RAMÓN ELÍAS BASTARDO ARIAS, titular de la cédula de identidad N° v- 11.980.977, natural de Maracay, de 33 años de edad, soltero, comerciante y residenciado en el barrio Brisas del Lago, calle Yaracuy, N° 08, Maracay, estado Aragua y, en consecuencia, se niega la entrega plena o en depósito judicial del vehículo marca CHevrolet, modelo Blazer, 4x2, tipo sport bacón, color azul, serial de carrocería SC1S6ZNV373629, serial del motor ZNV373629, placas XWC-104, clase camioneta, uso particular, año 1992.- Remítanse las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público Aragua, a los fines de que prosiga la investigación.- Notifíquese la decisión.-
LA JUEZ,
JANETH ROJAS ALCALA
EL SECRETARIO,
ÁNGEL PEREZ VIVAS.-
SOLICITUD 5Cs-81-05.-